martes, 26 de enero de 2010

ADIOS AL LIBRO DE FAMILIA


Se ha aprobado el anteproyecto de reforma de la Ley del Registro Civil, prevista en el Plan de Modernización con el objetivo de facilitar a la ciudadanía la consulta y acceso desde cualquier lugar, de forma que se creará un registro único que suprime trámites administrativos innecesarios.

El Ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha explicado que el nuevo registro será de personas y no de hechos -como el actual, vigente desde 1957- y para ello se creará un registro electrónico único, con una base de datos común para toda España, en la que cada ciudadano y ciudadana tendrá una ficha personal única, donde constará todo su historial civil y que se abrirá con la inscripción de nacimiento, cuando se le asignará un Código Personal de Ciudadanía (CPC), que servirá para todos los trámites.

De esta forma, se sustituirán los libros físicos de registro por la mencionada base de datos, y el o la ciudadana podrá consultarlo por Internet o realizar trámites en cualquiera de las oficinas del país, así como obtener certificaciones telemáticas, que podrán solicitar en cualquiera de las lenguas oficiales.

Asimismo, dejarán de expedirse libros de familia, que serán sustituidos por certificaciones registrales, que podrán solicitarse personalmente o a través de Internet. Las nuevas certificaciones telemáticas supondrán una reducción de cargas administrativas y convertirá en algo "excepcional" la necesidad de acudir personalmente al registro, pues las Administraciones y el funcionariado público tendrán acceso a la información registral y no necesitarán pedir certificaciones.

En este momento, se ha digitalizado la práctica totalidad de los asientos registrales hasta el año 1950, lo que ha supuesto escanear mas de 110.000 libros con más de 68 millones de páginas donde se recoge la vida de los españoles y españolas, y ha recordado que está previsto que el proceso concluya para mediados de 2010.

El ministro ha subrayado también que con la reforma se desjudicializa el registro para que los jueces y juezas "se dediquen a juzgar y ejecutar lo juzgado", y pasa a configurarse como órgano administrativo, dependiente del Ministerio de Justicia y gestionado por el funcionariado público, cuyas decisiones estarán sometidas a control judicial.

El nuevo Registro Civil, basado en los principios de igualdad y dignidad, se articulará en tres órganos sin dependencia jerárquica y con funciones muy específicas: oficinas generales, oficina central y oficinas consulares.

Las primeras constituirán la unidad básica del Registro Civil y desarrollarán las funciones ordinarias. En cada Comunidad Autónoma existirá, al menos, una oficina y otra más por cada cincuenta mil habitantes. La función de la oficina central será la de inscribir las resoluciones de la Dirección General de Registros y del Notariado, los documentos auténticos extranjeros y encargarse de la cooperación jurídica internacional en materia registral, mientras que las consulares son las que están en el extranjero y no varían sustancialmente con respecto al actual modelo.

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